La semana pasada publiqué en El Correo este artículo sobre el caso de Víctor Jara.
Por ser de justicia debo reconocer que mucha de la información empleada en el artículo la he tomado del artículo Jara con Barrientos: El caso Víctor Jara ante la justicia universal, de los profesores Francisco Jara Bustos, de la Universidad de Chile, y Francisco Ugás Tapia, de la Universidad Carlos III de Madrid, publicado en el Anuario de Derechos Humanos 2017 (Universidad de Chile).
ESCUCHAD A VÍCTOR JARA
La noticia de la
condena este verano de ocho militares en retiro chilenos por el
asesinato del cantante Víctor Jara en 1973 ha pasado un poco
desapercibida. Sin embargo creo que el caso nos permite hacer algunas
reflexiones de interés y actualidad, tal vez también aplicables a
nuestro país.
No insistiré mucho
sobre la figura de Víctor Jara: la conocen bien ustedes. Para
quienes nos educamos políticamente en los años 80 fue un referente
aún muy vivo. Imagino que en la generación anterior, que hizo sus
pinitos sentimentales y políticos entre el tardo-franquismo y la
transición, su impacto fue aún mayor.
Jara fue asesinado
en los días posteriores al golpe de estado de Pinochet contra
Salvador Allende, en el Estadio Chile que hoy con justicia se llama
estadio Víctor Jara. Las circunstancias de su muerte estuvieron
muchos años cubiertas o ensalzadas en un relato mítico creado en
ese choque entre la crueldad y la belleza, la fuerza bruta contra la
palabra, la muerte contra la vida, la tortura contra la inteligencia,
el crimen contra la poesía. Hoy sabemos que todo aquello no era sólo
leyenda sino que respondía fielmente a lo sucedido, tal como ha
quedado acreditado por investigaciones independientes y más
recientemente declarado probado por varias sentencias judiciales en
diferentes jurisdicciones.
Al enterarse del
golpe, Víctor Jara acudió a la Universidad Técnica del Estado en
la que trabajaba como profesor. Ese mismo día estaba prevista la
presencia de Allende para inaugurar un evento titulado “por la
vida”, que obviamente no llegó a celebrarse. La Universidad fue
cercada por el regimiento Arica ese mismo día y al siguiente se
produjo el asalto, asesinando a varias personas y deteniendo a
profesores, estudiantes y personal administrativo. Fueron llevados al
ya citado Estadio Chile (no confundir con el Estadio Nacional que
también sirvió como centro de detención y tortura para miles de
personas aquellos días).
Ya en el Estadio, al
ser reconocido por un oficial, fue derribado de un culatazo,
golpeado, separado del grupo y llevado a los vestuarios. Fue
torturado durante tres días. Luego fue ejecutado con saña y odio:
la autopsia encontró, además de numerosos huesos fracturados, 23
impactos de bala en su cuerpo. En la última sesión de torturas le
habían cortado la lengua y destrozado las manos, animándole entre
chanzas a cantar en esas condiciones. Su cuerpo fue abandonado en un
solar.
Durante la dictadura
pinochetista fue imposible investigar el caso y la aprobación de la
Ley de Amnistía parecía condenarlo a la impunidad. Pero con la
democracia el caso revivió. La Ley de Amnistía ya no se aplica hoy
en Chile, tras las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (aunque no ha sido anulada, como en el caso paralelo de
Argentina). Los crímenes contra la humanidad ni prescriben ni se
pueden amnistiar. Y tras casi 15 años de complejo procedimiento, 45
después de los hechos, la condena ha llegado en su país para estos
ocho despreciables torturadores y asesinos.
Pero uno de los
inicialmente incriminados, Pedro Barrientos, el noveno de la partida
criminal, había salido a los Estados Unidos y donde había ya
obtenido la nacionalidad. Bien es sabido que los Estados Unidos no
son los campeones de la Justicia Universal, pero también es cierto
que hay algunas normas (Alien Tort Statute y Torture Victims
Protection Act) que permiten, por otras vías, cierto tipo de
persecución por algunos de estos delitos.
No estamos ante un
caso de Jurisdicción Universal pura o absoluta (sólo basada en el
carácter del crimen internacional) posibilidad que los Estados
Unidos no permite (y cada vez menos países europeos). Y es que en
este caso la nacionalidad del acusado supone un elemento clásico de
jurisdicción que permitió a los tribunales norteamericanos activar
el caso. Pero también es cierto que el hecho de que las torturas y
el asesinado constituyeran una violación del Derecho Internacional
fue uno de los elementos tenidos en cuenta. El tribunal
norteamericano resolvió, en sede civil, en 2016 que Pedro Barrientos
era responsable de este crimen de torturas y asesinato extrajudicial
Dado que la
sentencia en los Estados Unidos afecta únicamente a la
responsabilidad civil, la Cancillería de Chile acaba de instar el
procedimiento de extradición con el fin de que Pedro Barrientos
termine compartiendo la misma suerte que sus ocho compañeros de
armas, crimen y vergüenza universal.
La Justicia
Universal nació para hacer frente a la impunidad en los casos más
aborrecibles, que ofenden a la comunidad internacional en su conjunto
y a los que, por tanto, esta comunidad responde resquebrajando las
limitaciones clásicas de la jurisdicción nacional. Tras algunos
casos pioneros en España, Bélgica o Francia, el peso de la
realpolitik internacional (pensemos, por ejemplo, en los casos
contra China por crímenes en el Tibet) logró limitar las ambiciones
iniciales de la jurisdicción universal, pero aún resiste, a veces
limitada, a veces constreñida, aunque sea esperando decenios a
cruzarse en el camino de los miserables que han ensuciado a ojos de
la comunidad internacional la condición humana. Hoy algunos países
latinoamericanos, que traen aprendizajes hechos a muy alto precio,
toman el testigo de la Justicia Universal como en su día se hizo a
la inversa.
Memoria, justicia y
dignidad de las víctimas. Como les decía, los ecos de Víctor Jara
siguen sonando también para nosotros. Escuchemos.
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